Integrantes

I. SECRETARIA GENERAL

Dr. Javier de la Fuente Hernández

II. COORDINADORA GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO

Dra. Cecilia Silva Gutiérrez

III. DIRECTORES (AS) DE FACULTADES O ESCUELAS

Dra. Mary Frances Teresa Rodríguez Van Gort

IV. DIRECTORES (AS) DE INSTITUTOS O CENTROS

Dr. Jesús Gerardo Torres Salcido

Dra. Imelda López Villaseñor

V. TITULARES DE LAS COORDINACIONES DE LOS CONSEJOS ACADÉMICOS DE ÁREA

Dra. Ana María Martínez Vázquez

Dr. Javier Nieto Gutiérrez

Dra. Angélica Cuéllar Vázquez

Dra. Georgina Araceli Torres Vargas

VI. REPRESENTANTES DEL PROFESORADO DE LOS PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN

Área I

Propietario: –

Suplente: –

Área II

Propietario: Dra. Rosa Elena Miranda Morales

Suplente: Dr. José Alberto Cano Buendía

Área III

Propietario: Dr. José Padilla Hernández

Suplente: Dr. Raúl Mejía Estañol

Área IV

—

—

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

VII.TUTORES DE PROGRAMAS DE MAESTRÍA

Propietario: Dr. Dany Pierre Page Rollinet

Suplente: Dr. Christophe Roger Jacques Morisset

Área II

Propietario: Dra. Romina Ma. de la Paz Rodríguez Sanoja

Suplente: Dra. Clarita Olvera Carranza

Área III

Propietario: Mtro. Francisco Gerardo Serrano

Suplente: Dr. Arturo Morales Castro

Área IV

Propietario: Dr. Javier Rafael García García

Suplente: Dr. Juan Manuel Piña Osorio

 

 

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

VIII. TUTORES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

 

 

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

IX. INTEGRANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO REPRESENTANTES DE LOS CONSEJOS ACADÉMICOS

X. REPRESENTANTES ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE MAESTRÍA

 

 

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

XI. REPRESENTANTES ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO

 

 

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

XII. REPRESENTANTES ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN

Área I

Propietaria: –

Suplente: –

Área II

Propietaria: Lic. Diana Alejandra Acosta Chávez

Suplente:  Lic. Jessica Arellano Valladares

Área III

Propietario: Lic. Héctor Kevin Guadarrama Flores

Suplente: Lic. Mariana Sánchez Herrera

Área IV

—

—

 

 

“Art. 3 RICAP (…) Los representantes suplentes sólo podrán asistir a las sesiones del Consejo en ausencia del propietario.”
“Art. 10 RICAP (…) Los representantes suplentes podrán asistir con voz y voto a las sesiones del pleno del Consejo sólo en ausencia del representante propietario. Los consejeros suplentes formarán parte de alguna de las comisiones permanentes con voz y voto.”

XIII. REPRESENTANTES DE LAS Y LOS COORDINADORES DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE MAESTRÍA Y DOCTORADO